¿Sabías que la facturación electrónica no será obligatoria para Autónomos y Pymes hasta 2026?

facturación electrónica no obligatoria hasta 2026

Todo lo que los Autónomos y PYMES deben Saber sobre la Facturación Electrónica en 2024-2026

El 28 de octubre de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Orden HAC/1177/2024, una normativa clave para empresarios y profesionales en España. Este desarrollo reglamentario complementa el Real Decreto 1007/2023 y el Real Decreto 1619/2012, estableciendo nuevos requisitos para los sistemas de facturación con el objetivo de garantizar la integridad, trazabilidad y autenticidad de los registros contables, en el marco de la lucha contra el fraude fiscal.

Con la publicación de la Orden HAC/1177/2024 y el RD 1007/2023, el panorama de la facturación electrónica en España está experimentando un cambio significativo. Este reglamento busca garantizar la seguridad, integridad y transparencia en la gestión fiscal, afectando tanto a autónomos como a PYMES.

En este artículo, desglosamos las claves para adaptarte a esta normativa, los plazos que debes cumplir y cómo tomar decisiones inteligentes respecto a los costes y beneficios.

 

facturación electrónica no obligatoria hasta 2026

 

Obligaciones según el tipo de usuario

El Real Decreto 1007/2023 establece plazos específicos para distintos actores:

Productores y comercializadores de sistemas de facturación:

  • Tienen hasta el 29 de julio de 2025 para ofrecer productos adaptados al reglamento.
  • Esto incluye la implementación de características como huellas digitales, firma electrónica y compatibilidad con Verifactu.

Empresarios y profesionales (usuarios de sistemas de facturación):

  • Deberán tener operativos sus sistemas adaptados al reglamento antes del 1 de julio de 2025.

⚠️ Nota importante: Las fechas presentan una incongruencia, ya que la obligación para los usuarios precede a la de los productores. Por ello, se espera que la Agencia Tributaria modifique el calendario, retrasando la obligatoriedad para empresarios y profesionales al 1 de enero de 2026. Además, la entrada en vigor será escalonada:

  • Empresas: Desde el 1 de enero de 2026.
  • Autónomos: Desde el 1 de julio de 2026.

Costes de los programas de facturación electrónica

Los programas de facturación electrónica adaptados a esta normativa tienen un coste promedio de 1.000 € anuales. Sin embargo, es importante recalcar que hasta, como mínimo, 2026, los autónomos y las PYMES no están obligados a contar con estos programas, lo que les permite planificar su inversión con calma.

Recomendamos evitar inversiones prematuras en software costoso. Existen alternativas más económicas y adaptadas a las necesidades específicas de cada negocio, como planes personalizados según el número de facturas mensuales o características específicas, sin necesidad de asumir un gasto elevado.

¿Qué hacer si eres beneficiario del Kit Digital?

Si has recibido el bono del Kit Digital, no recomendamos invertirlo en un programa de facturación electrónica. Este tipo de software es un servicio anual, lo que significa que su beneficio está limitado al tiempo que dure la suscripción. En cambio, tiene más sentido destinar tu bono a opciones como:

  • Web corporativa: Una página web profesional que impulse tu presencia online.
  • Tienda online: Una plataforma de comercio electrónico que te permita vender tus productos 24/7.
  • Creación de contenidos para redes sociales: Estrategias de marketing digital que fortalezcan tu marca y aumenten tu visibilidad.
  • Posicionamiento Avanzado en Internet: Mejora tu visibilidad online y atrae clientes potenciales con estrategias de SEO personalizadas.

Estas inversiones son mucho más ventajosas porque están 100 % subvencionadas por el Kit Digital, y una vez finalizado el periodo de 12 meses del programa, los servicios son tuyos para siempre. Por el contrario, invertir en facturación electrónica ahora podría hacer que pierdas parte del bono en una herramienta que no necesitarás hasta 2026.

Requisitos técnicos clave

Para cumplir con la normativa, los sistemas de facturación deberán garantizar:

  • Seguridad e inalterabilidad de los datos: Mediante huellas digitales y firma electrónica.
  • Compatibilidad con Verifactu: Una plataforma que conecta los registros con la AEAT en tiempo real.
  • Conexión segura: Uso de certificados electrónicos válidos para autenticar la transmisión de información.

Fechas clave y cómo prepararte

Inicio del reglamento: 29 de octubre de 2024.

Plazo para productores: Hasta el 29 de julio de 2025.

Plazo estimado para empresarios y profesionales: 1 de enero de 2026 (en revisión).

Autónomos: Obligación desde el 1 de julio de 2026.

En Divlux, te acompañamos durante este proceso para que cumplas con las normativas sin complicaciones. Además, te ayudamos a tomar decisiones estratégicas para optimizar tu bono del Kit Digital y asegurarte de que tu inversión tenga un impacto duradero en tu negocio.

Ventajas fiscales con Divlux

En Divlux, ayudamos a autónomos y PYMES a digitalizarse con servicios exentos de IVA para empresas peninsulares gracias a nuestra sede en Canarias. Esto hace que mejorar la presencia de tu negocio en internet sea más económico y sencillo.

Además, ofrecemos soluciones integrales que cumplen con la normativa y garantizan que tu empresa esté lista para los plazos establecidos, sin necesidad de comprometer tus recursos antes de tiempo.

Conclusión

La nueva normativa de facturación electrónica es un paso hacia la modernización fiscal, pero no es necesario precipitarse en adoptar programas costosos antes de su obligatoriedad. Planifica tu inversión de manera estratégica y aprovecha recursos como el Kit Digital para fortalecer otras áreas de tu negocio.

Tramitamos de forma completamente gratuita tu solicitud del Kit Digital. Pincha en este enlace para empezar con tu solicitud antes de que se acaben los fondos europeos destinados a esta subvención.

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